1. Petición. Es el derecho fundamental que tiene toda persona para presentar solicitudes respetuosas a las autoridades competentes por razones de interés general o particular y obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la misma. Las peticiones podrán interponerse por escrito, verbalmente o por medios electrónicos.
Ejemplo: Por favor solicito que se me asigne una beca para estudiar matemáticas por ser el mejor estudiante de mi colegio.
2. Queja. Manifestación escrita, verbal o por medios electrónicos, de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula un usuario en relación con una conducta que conlleve incumplimiento de deberes, extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones, prohibiciones y violación al régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflicto de intereses, de uno o varios servidores de la UNIVERSIDAD, que se cometan en razón o con ocasión o como consecuencia de la función o cargo, o abusando del mismo.
Ejemplo: El profesor que dirige mi trabajo de grado no me responde, aunque ya le he entregado todos mis avances, quiero graduarme, no puedo esperar otro semestre, por favor solicito que me sea asignado otro director de trabajo de grado.
3. Reclamo. Manifestación escrita, verbal o por medios electrónicos, que eleva el usuario para exigir, reivindicar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la prestación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.
Ejemplo: Llamé a todas las extensiones telefónicas de la Universidad en horario de oficina y no me contestaron, no vivo en Bogotá, necesito saber cómo aplazar una beca. Por favor revisen qué está pasado con la atención telefónica.
4. Sugerencia. Recomendación o insinuación que hace un usuario, con el ánimo de contribuir a mejorar un servicio y/o racionalizar los recursos disponibles para su prestación. Tiene por objeto expresar un deseo o dar una información a la UNIVERSIDAD sobre determinado asunto, con el propósito que ésta tome ciertas medidas a nivel individual o colectivo, coadyuvando a una mejor prestación del servicio.
Ejemplo: Se recomienda hacer cambio de las instalaciones eléctricas que se encuentran defectuosas debido a que un estudiante casi se electrocuta al conectar su computador portátil.
5. Felicitación. Dentro de las manifestaciones o expresiones que se pueden elevar ante la UNIVERSIDAD está la manifestación escrita, verbal o por medios electrónicos, de gratitud del usuario por un servicio satisfactorio o por sucesos satisfactorios para él o para la institución.
Ejemplo: Se hace reconocimiento a la labor desempeñada por los docentes durante la pandemia.
6. Denuncia. Es la puesta en conocimiento ante una autoridad de la UNIVERSIDAD, de una conducta susceptible de investigación conforme a las funciones y competencias de la UNIVERSIDAD, para que se adelante la misma.
Ejemplo: Una persona no tiene autorización de ingreso a la Universidad e ingresó a la fuerza y al parecer estaba borracha.
7. Solicitud de información. Es la solicitud que realizan usuarios a la UNIVERSIDAD sobre información que está contenida en documentos institucionales, y que se encuentre en posesión y bajo control de la UNIVERSIDAD.
Ejemplo: Por favor me informan cuál es la normatividad que establece beneficios para egresados y me envían copia de la norma a mi cuenta de correo, gracias.
8. Propuesta. Es una proposición que realiza un usuario a la UNIVERSIDAD, buscando que se concrete una idea, un proyecto, una actividad o gestión institucional.
Ejemplo: Se propone hacer una jornada de concientización sobre la importancia del aseo de los espacios abiertos al público de las instalaciones de la calle 72, están muy sucios sobre todo los sábados en la mañana.
9. Petición en interés general. Acción que ejercen los usuarios mediante la expresión escrita, verbal o por medios electrónicos ante la Universidad, para reclamar la resolución de fondo de una situación presentada, que afecta intereses colectivos.
10. Petición en interés particular. Acción que ejerce un usuario mediante la expresión escrita, verbal o por medios electrónicos ante la Universidad, para solicitar la resolución de fondo de una situación que lo afecta de manera individual, el reconocimiento o restablecimiento de sus derechos particulares, la prestación de un servicio, solicitar información, consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos.
11. Solicitud de copia de documentos. Requerimiento realizado en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, para obtener copias físicas o digitales de documentos que están en los archivos de la entidad y que no son reservados o clasificados según la normatividad vigente.
12. Consulta sobre asuntos de su competencia. Requerimiento por el cual se solicita a una autoridad que presente su concepto, orientación, aclaración, interpretación o punto de vista, sobre asuntos relacionados con sus funciones y/o competencias. La respuesta a una consulta no es de obligatorio cumplimiento o ejecución, ni produce efectos jurídicos.
13. Denuncia de actos de corrupción. La denuncia de actos de corrupción es la manifestación o comunicación que realiza cualquier persona ante las autoridades competentes para poner en conocimiento hechos que puedan constituir conductas contrarias a la ley relacionadas con el uso indebido del poder o de la función pública, con el fin de activar los mecanismos institucionales de verificación, investigación y eventual sanción disciplinaria, penal o administrativa. Estas conductas comprenden, entre otras, el requerimiento, ofrecimiento o aceptación de dádivas, beneficios o ventajas indebidas, así como la realización u omisión de actos en el ejercicio de funciones públicas para obtener beneficios ilícitos para sí o para terceros, en detrimento del interés público. Esta figura se sustenta en el deber de los servidores públicos de denunciar irregularidades previsto en el artículo 38 del Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019), y en el marco normativo anticorrupción establecido en la Ley 1474 de 2011, la Ley 2195 de 2022, la Convención Interamericana contra la Corrupción incorporada mediante la Ley 412 de 1997 y la normativa sobre transparencia y acceso a la información pública contenida en la Ley 1712 de 2014.